Desde la prensa…
La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó que el sociólogo Hans Niemeyer Salinas (38 años) vuelva a cumplir prisión preventiva por haber instalado un artefacto explosivo en una sucursal bancaria en noviembre del año pasado en la comuna de Macul, adjudicado por el Grupo de Combate Manuel Gutiérrez.
Los ministros Patricio Villarroel, Mauricio Silva y Manuel Valderrama sostienen que no han variado en nada los antecedentes aportados en la formalización de cargos que puedan desvirtuar que Niemeyer no constituye un peligro para seguridad de la sociedad, siendo esta la tercera vez que deberá ingresar al Penal Santiago Uno.
La semana pasada el Décimo Tercer Juzgado de Garantía de la capital le había cambiado la medida cautelar a un arresto domiciliario nocturno, pero ante la apelación de la Fiscalía Metropolitana Sur, el tribunal de alzada capitalino revocó esta mañana la decisión.
Niemeyer Salinas está imputado de la colocación de un artefacto explosivo con fines terroristas, ya que fue sorprendido por Carabineros cuando huía del lugar tras asegurarse que había estallado el cilindro con pólvora negra que dejó en la sucursal del banco BCI de la Avenida Macul, a pasos de la Avenida Irarrázabal.
El abogado de Corte de la Fiscalía, Miguel Concha valoró la decisión pues dijo que «el Ministerio Público tiene la convicción que estamos en presencia de un delito regulado por la Ley Antiterrorista y en ese sentido es porque dedujo los medios de impugnación para revertir la resolución que le había otorgado la libertad a Hans Niemeyer», aseguró el abogado.
Concha agregó que «entendemos que simplemente la Corte confirmó el criterio que tiene el Ministerio Público, que es que la colocación de bombas es un acto terrorista y donde se ha realizado una investigación objetivo y entendemos que los jueces han respaldado la calificación del hecho por el cual se está imputando a Niemeyer» acotó el jurista.
Por su parte, el defensor del profesional, el abogado Rodrigo Román señaló que «los ministros comparten la calificación jurídica del Ministerio Público y el Ministerio del Interior, aún cuando eso contradice lo resuelto por el Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago en el llamado caso «Bombas» y contradice con lo que dijo el Tribunal Oral en lo Penal de Puente Alto ante un supuesto fabricante de bombas, por lo cual nosotros esperamos con tranquilidad demostrar en el juicio oral, en primer lugar, que no estamos en presencia de un delito terrorista, luego que no hay participación por parte de mi representado y finalmente, lo que resulta más triste, en esta etapa digamos, es que se abuse del régimen cautelar de prisión preventiva, porque particularmente en este caso no existe ningún fundamento. Mi representado cumplió fielmente el régimen cautelar al cual había sido sometido, es decir el arresto domiciliario nocturno, razón por la cual, aparece desproporcionada la prisión preventiva» apuntó el defensor.
Román aseveró que «en los próximos minutos u horas vamos a comparecer voluntariamente ante el Décimo Tercer juzgado de garantía para que se entregue de inmediato» concluyó el abogado.